|
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
Vuelve al sumario
|
PREMESA
(el carácter estructural de la inmigración)
El fenómeno migratorio
está asumiendo también en Italia, como ya ha ocurrido en otros
países europeos, una dimensión profundamente estructural. Esta
mayor estabilidad resulta evidente a juzgar por el aumento contínuo
de las presencias, del avanzado proceso de recomposición de los
núcleos familiares, del notable número de menores hijos de inmigrados
(en prevalencia nacidos en Italia) y de la creciente inserción
de la mano de obra inmigrada en el mundo del trabajo.
Al millón y medio de inmigrantes residentes al inicio del 2000
se unen anualmente más de 100.000 nuevas personas. Por lo tanto
se ponen exigencias diferenciadas según cual de estas dos categorías
de destinatarios consideremos.
Para los recién llegados tiene que ser más fácil el acceso a los
servicios públicos, remodelados de manera que puedan responder
también a las exigencias de estos nuevos usuarios. Resta el hecho
que el usuario inmigrante se encuentra en una situación de necesidad
más acentuada y de mayor inseguridad por el escaso conocimiento
de los mecanismos de la nueva sociedad. Esto exige, por un lado,
un fuerte empeño de simplificación administrativa y, por otro,
la puesta a disposición de una figura facilitadora, que se ocupe
de decodificar y reconciliar los códigos de la sociedad de acogida
y de la sociedad de origen, y si hace falta se haga cargo de
traducir, interpretar y también rellenar los varios módulos,
evitando cualquier posible malentendido, las grandes esperas y
en casos extremos la pérdida de los derechos. Ésta es una función
conocida en muchos países de inmigración, en los que se habla
de interpretariado de contacto y de conversación o de interpretariado
social, comunitario y cultural, acentuando así la valencia técnico-profesional
en el primer caso y aquella socio-cultural en el segundo.
Los inmigrantes residentes desde hace tiempo, y especialmente
aquellos nacidos en Italia, sin renunciar al apego a su cultura
de origen, son tenidos a adquirir una cierta flexibilidad que
les consienta inserirse en manera profunda en el nuevo contexto,
contribuyendo así a la construcción de una síntesi social más
rica que vea también a los italianos implicados en un proceso
de cambiamento. En este nivel es indispensable la mediación cultural
que, a diferencia del interpretariado social, no se ocupa directamente
de facilitar el acceso de cada inmigrante a los servicios sino
de actuar en ámbito social y se hace cargo de favorecer una especie
de transición cultural que empeña italianos e inmigrantes y consiente
encuadrar en una manera no conflictiva las nuevas características
culturales, favorecer los recorridos de mutuo intercambio y promover,
ya sea entre los italianos que entre los inmigrantes, acciones
de sensibilización y educación a las perspectivas interculturales.
Los dos tipos de interventos son, aunque a diferentes niveles,
un derivado del empeño necesario en una sociedad multilingüística,
multiétnica y multicultural que evidencia la necesidad de difundir
en todo el territorio una política orgánica de integración a
favor de esta categoría de “nuevos ciudadanos”, que se han convertido
en parte estable de la población residente.
El presente documento, partiendo de este cuadro general, se concentra
primero sobre la necesidad de una simplificación administrativa
dirigida a facilitar la realización de los actos burocráticos
a cargo de los inmigrantes para después entrar en el mérito de
la mediación cultural y de los mediatores culturales en el contexto
normativo delineado tras la ley 40/1998.
La finalidad del documento es reproponer algunos estímulos deducidos
de las experiencias realizadas en varias partes de Italia y de
individuar los aspectos sobre los que sería oportuno intervenir
a varios niveles con ulteriores decisiones, ya sea al centro que
al sur del territorio.
1.
LA SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA
a) Objetivos que hay que alcanzar
En línea con el Texto Único sobre la inmigración, que tiende
a reforzar el status jurídico del inmigrado regularmente residente,
es oportuno reflexionar sobre la introducción de una serie de
medidas de carácter administrativo dirigidas a coordinar en
manera más funcional las oficinas, a simplificar los procedimientos
y a reducir la duplicación de documentos. La maquinosidad y
la rigidez de los procedimientos son a menudo causa de incerteza
y de retorno a la ilegalidad. Por lo tanto es auspicable un
coordinamiento de las administraciones para:
- la simplificación de los procedimientos en materia de renuevo
del permiso de residencia, petición de la carta de residencia,
reagrupación familiar y reconocimiento de los títulos de estudio;
- la coordinación de los trámites para el permiso de residencia,
la inscipción al anágrafe, la inscripción al Inps y al Servicio
sanitario nacional; - la reducción de la duplicación de los
documentos relativos a la petición del visado, el permiso de
residencia, la prestación de garatía, la oferta de trabajo,
y esto sea a beneficio de los ciudadanos extranjeros que de
los italianos implicados en estos trámites. Los recursos organizativos
y las nuevas tecnologías renden concretamente posible la simplificación
de estos trámites administrativos a los que un inmigrado está
sujeto en relacción a su estancia en Italia. Va recordado a
propósito que han dado un buen éxito, y por tanto andrían extendidas,
las experiencias de simplificación del tipo de la ventanilla
única que han reunido diversas administraciones sectorialmente
competentes para las prácticas de los inmigrados. Va añadido
que la simplificación administrativa es una exigencia no limitada
a las prácticas que reguardan la estancia de los inmigrados,
sería también necesaria en otros ámbitos de gran importancia
para la vida familiar (guarderías, casas populares) y lavoral
(concesión de licencias y entrega de otros documentos).
b) colaboración del mundo social
Pra sostener este empeño, que es propio de la pública administración,
van valorizadas las varias expresiones del mundo social (sindacatos,
patronatos, voluntariado, asociaciones ya sea de italianos que
de inmigrados) entre las que se pueden encontrar personas en
grado de operar sobre el territorio en régimen de convención
con las oficinas públicas.
Igualmente de este mundo social va aceptada y valorizada la
capacidad de favorecer una lectura más atenta de las necesidades
de los inmigrados, de hacerse cargo de un análisis crítico de
la situación esistente, de concurrir a la creación de instrumentos
de control de la funcionalidad administrativa y de gestir las
instancias de precontencioso y de recurso cuando las decisiones
de los órganos no responden a los requisitos de tutela establecidos
por la ley. Esta estrategia de esfuerzos convergentes entre
el sector público y fuerzas sociales puede favorecer, sea a
italianos que a inmigrados, el protagonismo de estas figuras
de tutela.
En particular las asociaciones de los inmigrados, en el ámbito
de esta estrategia, no sólo son llamadas a meter a disposición
mediadores lingüísticos e intérpretes, además pueden ser valorizadas
por la red que componen sobre el territorio en materia de información,
de asistencia y de acompañamiento a las oficinas públicas,
por lo tanto se merecen a pleno título ser implicadas en los
comitados territoriales, en las consultas o en estructuras
análogas.
Las asociaciones de inmigrados son organismos con una gran capacidad
de presa, cuya valorización debe retenerse necesaria en un
contexto inmigratorio como el italiano que es extremamente diversificado
por el relevante número de grupos nacionales de inmigrantes
(policentrismo migratorio). Va recordado que la participación
de los inmigrados en el asociacionismo es variegado y ofrece
múltiples posibilidades de gran interés: junto a las asociaciones
italianas que utilizan operadores inmigrados, hay asociaciones
con carácter étnico o interétnico, así como asociaciones mixtas
a las que adhieren miembros italianos e inmigrados.
El objetivo de una simplificación administrativa debe llevar
a interrogarse sobre la posibilidad de implicar en cualquier
medida también a las embajadas y los consulados de los países
de origen para algunos trámites.
Sin duda es una condición indispensable para el buen éxito de
esta estrategia el desarrollo de una acción formativa de dimensión
intercultural a beneficio de los funcionarios de las oficinas
públicas, que haga alcanzar un mayor conocimiento de la puesta
en juego intercultural que verifica también al nivel administrativo.
2.
INTEGRACION DE LOS INMIGRADOS Y MEDIACION CULTURALE
a) E modelo de integración
El modelo de integración acogido por la ley 40/1998, afirma por un lado la universalidad de los derechos y reconoce por otro como valor las diversidades de las culturas de proveniencia con tal que no contrasten con los valores fundamentales de la sociedad italiana, que también los inmigrados deben condividir, así como los italianos deben respetar sus específicas características culturales. Funcional a este modelo es la esperimentaciòn de nuevas formas de relacciones y comportamientos que favorezcan la inclusiòn de los inmigrados y un intercambio con sus culturas.
Para que el modelo de integraciòn elegido por el legislador pueda realizarse concretamente, es necesario, a nivel de mentalidad de los operadores y de las decisiones operativas en las sedes decisionales, una flexibilidad abierta a la reciprocidad de manera que las diversas identidades culturales, sin que sean amenazadas o rechadadas, confluiscan en un terreno que, si bien unitario respecto a las reglas fundamentales de convivencia, resta caracterizado por la presencia de personas de múltiples proveniencias y, por consecuncia, por un dinamismo impreso sobre un confronto dialéctico y sobre la valorizaciòn recíproca (lengua, espresiones literarias, valores, tradiciones, sistemas sociales y jurídicos).
Es la mediaciòn cultural la que facilita la disponibilidad al encuentro y al intercambio entre quien “hospeda” y quien es “huésped” para alcanzar objetivos comunes de desarrollo capaces de enriquecer la entera sociedad.
b) La mediaciòn cultural.
La mediaciòn cultural, considerada como un verdadero puente entre
las dos partes, sirve para facilitas el proceso de integraciòn
de los inmigrados y de cambiamento de la sociedad italiana que
los acoge en un común empeño de recíproco adaptamiento.
La utilizaciòn de mediadores culturales inmigrados en las oficinas
públicas contribuye a eliminar los obstáculos que impiden o molestan
la comunicaciòn con los usuarios inmigrados, sobre todo con los
que se han inserido recientemente, previniendo las situaciones
conflictivas y favoreciendo el conseguimiento de sus derechos.
Pero la funciòn de la mediaciòn cultural no se extingue con el
facilitar las prácticas administrativas a los nuevos llegados,
lo que podría cualificarla como emergencial. La mediaciòn cultural
consiste en una acciòn de conjunto que favorece la integraciòn
cultural de los inmigrados residentes en Italia y su aceptaciòn
por parte de los italianos a un nivel de igual dignidad. Junto
a la dimensiòn personal de la mediaciòn está entonces aquella
colectiva, que incluya grupos y asociaciones y facilita una vera
y propia integraciòn social.
La mediaciòn, así considerada, es el alma de la política migratoria
y de la misma integraciòn porque, colocándose al final de aquellas
decisiones que tienen una naturaleza prevalentemente instrumental
(determinaciòn de los flujos migratorios, normativa sobre la residencia,
funcionamiento de la administraciòn pública) lleva a preguntarse
sobre el significado de la convivencia de personas de culturas
diferentes y a individuar y a rendir operantes las posibilidades
de una cadena funcional y enriquecedora. Es en este nivel que
se la juega el éxito de la política migratoria, o sea, mostrando
concretamente que las diversidades pueden ser coordinadas en un
diseño unitario condiviso por la poblaciòn local y por los nuevos
llegados.
c) El mediador cultural.
La ley 40/1998 introduce por primera vez en
nuestro ordenamiento jurídico la figura del mediador cultural,
acogiendo así una esperimentaciòn iniciada durante los años ’90.
El mediador cultural es un operador, dotado de una específica
preparaciòn, que en el proceso de integraciòn que se desarrolla
a nivel territorial se introduce en el territorio como figura
“puente” e interactiva entre los inmigrantes, por un lado, y
los servicios públicos y la sociedad por otro, para interpretar
las exigencias en campo y favorecer el acuerdo.
El reconocimiento profesional del mediador cultural implica su
institucionalizaciòn que, si bien según criterios de flexibilidad,
requiere una adecuada puesta a punto.
Para que la funciòn de esta figura no venga simplificadamente
equiparado a un “operador comodín “son necesarias varias precisaciones
relativas a las funciones que tiene que desarrollar, a los sectores
en los que tiene que intervenir, a la tipología de las salidas
lavorales, a las características profesionales, a los esquemas
formativos que hay satisfacer, a la valutaciòn de la esperiencia
de quien desde hace tiempo opera en el sector y a la verificaciòn
de la eficacia del colegamiento con el grupo y el país de origen
como también con la sociedad italiana.
Propio porque la formalizaciòn de la ley ha llegado después de
una esperiencia en el campo, se tiene que hacer fuerza sobre
lo que ha emergido de tales esperiencias colocando los varios
aspectos en una visiòn de conjunto.
Por ejemplo, por lo que reguarda la formaciòn, mucho ha sido dicho
sobe el nivel de conocimientos necesarios para poder ejercitar
una funciòn “puente” en confronto de las estructuras administrativas
y de otros sectores de la sociedad. Igualmente, por lo que reguarda
la preparaciòn a la funciòn de acompañamiento de los inmigrantes,
es bastante amplia la base de convergencia sobre los requisitos
relativos a las capacidades psico-pedagògicas, a las técnicas
de interpretariado y a la seriedad profesional del mediador,
relevables también de las actividades desarrolladas antes de la
entrada en vigor de la ley 40/1998. andando más allá de estas
adquisiciones, se trata ahora de individuar los sistemas formativos
típicos, junto a las horas de formaciòn necesarias, y de entrar
también en le mérito de la formaciòn específica necesaria para
poder operar en los diversos sectores. Ha sido sotolineada la
importancia de los tirocinios en las estructuras públicas y del
privado social y de las prospectivas de formaciòn permanente
de los mediadores.
Funcionales a estas prospectivas formativas son los criterios
de individuaciòn de los entes que pueden ser habilitados a hacerse
cargo de la formaciòn de los mediadores y la decisiòn de los sectores
a los que van destinados con prioridad los mediadores culturales.
En un contexto más orgánico también las relacciones de trabajo
de los mediadores van perfeccionadas y consolidadas. Hasta ahora
se ha recurrido a relacciones de cooperaciòn, de prestaciòn profesional,
de contratos de colaboraciòn coordinada y continuativa, de trabajo
dependiente privado y de trabajo socialmente útile: estas esperiencias
otorgan obviamente un suporte útil a las decisiones que hay que
adoptar.
3. EL PROTAGONISMO
DE LAS ASOCIACIONES
Un discurso sobre la mediaciòn y sobre los mediatores culturales
comporta también la individuaciòn de los criterios en base
a los que las asociaciones (de italianos, de inmigrados o mixtas)
pueden estipular convenciones con las estructuras públicas para
meter a disposiciòn los propios mediatores culturales y para
conducir programas de mediaciòn cultural. Esta inclusiòn es
necesaria para que la mediaciòn no caiga en el riesgo de ser
burocratizada y propio por este motivo las asociaciones de
inmigrados y las organizaciones que operan en su favor han obtenido
del legislador un significativo reconocimiento (Texto Único,
art. 42): mencionando estas expresiones asociativas el legislador
parece que ha querido evitar la etnizaciòn de este importante
còmpito. Las funciones reconocidas a las asociaciones, desarrolladas
con el sosteño de las estructuras públicas, son múltiples:
realizaciòn de cursos de la lengua y cultura de origen; difusiòn
de informaciones relativas a las oportunidades de integraciòn;
valorizaciòn de las expresiones culturales, recreativas, sociales,
econòmicas y religiosas de los inmigrados.
Las asociaciones concurren, además, en el realizar el inserimiento
escolástico de los hijos de los inmigrados (art. 38,4). Estas
asociaciones, a condiciòn de ser inscritas al apòsito registro,
están habilitadas para firmar convenciones con el Estado, las
regiones, las provincias y los ayuntamientos para el empleo
de mediadores interculturales al fin de facilitar las relacciones
entre cada administraciòn y los extranjeros que pertenecen
a diversos grupos étnicos, nacionales, lingüísticos y religiosos.
Además, para prevenir comportamientos discriminatorios, xenòfobos
y razistas, las asociaciones, son tenidas a promover cursos
de formaciòn para la convivencia en una sociedad intercultural
a beneficio de los operadores públicos y privados que tengan
relacciones habituales con los inmigrados o se ocupen de inmigraciòn.
Se trate de pistas muy concretas que hay que seguir en la programaciòn
de los interventos, que consienten reforzar la funciòn del
asociacionismo y utilizar su contribuciòn
4. CONCLUSIONI
OPERATIVE
La convergencia operativa del mundo social
con las estructuras públicas al fin de rendir más fácil la integraciòn
de los inmigrados y más incisiva la mediaciòn cultural puede
considerarse como una conquista de hecho, de alcanzar a través
de la difusiòn de las buenas prácticas en los varios niveles
decisionales y el confronto y el debate en las sedes institucionales
de confronto.
Las regiones, a las que pertenece la
competencia en materia de formaciòn profesional, son tenidas
a reflexionar sobre esperiencias conducidas anteriormente para
llegar a criterios uniformes por lo que reguarda la atribuciòn
de la cualificaciòn de mediador cultural, superando con esta
direcciòn uniforme los obstáculos que actualmente se presentan
cuando los mediadores se trasladan a otra Regiòn diversa de
la que les ha otorgado el diploma.
Por lo tanto las impostaciones de carácter
más general deberían ser debatidas en seno al coordinamiento
de las Regiones en materia de inmigraciòn y a la Conferencia
Estado-Regiones. A su vez los Ayuntamientos y Provincias, siendo
los entes locales que gestionan concretamente los procesos
de integraciòn y que se hacen cargo de la utilizaciòn de los
mediatores culturales, pueden fornir una importante contribuciòn
para dar concreteza y espesor a los otros aspectos operativos
antes mencionados. Es indispensable que la simplificaciòn administrativa
y la mediaciòn cultural se conviertan en materias de debate
y de confronto en los Comotatos territoriales de la inmigraciòn
y que en estos sea amplia la participaciòn del mundo social.
La Consulta de la inmigraciòn en el Departamento de Asuntos
Sociales y el Organismo de coordinaciòn en el CNEL pueden ofrecer
su suporte para favorecer un debate unificante sobre estas
temáticas, para alcanzar este objetivo puede ser útil la utilizaciòn
incentivantede una cuota del Fondo nacional para las políticas
sociales.
Son múltiples y siempre de mayor evidencia
los motivos estructurales que dejan entrever el radicamiento
de la inmigraciòn en Italia. La simplificaciòn de los trámites,
por una parte, y la mediaciòn cultural, por otra, pueden facilitar
y rendir menos problemático este inserimiento con recíproca
satisfacciòn: por esto empeñarse en este plano significa preparar
con tiempo la sociedad del futuro. (enero 2001)
|