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Los varios niveles de mediación cultural

(Documento de trabajo presentado por el Dossier Estadístico Inmigración/Forum para‎
la intercultura en el Organismo del CNEL para el coordinamiento de las políticas
de integración social de los inmmigrados)‎

Sumario

  1. Premesa: el carácter estructural de la inmigración
  2. ‎La simplificación administrativa
  3. ‎2.‎ Integración de los inmigrados y mediación cultural
  4. El protagonismo de las asociaciones
  5. Conclusioni operative



 

 

 

 

 

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PREMESA
(el carácter estructural de la inmigración)
El fenómeno migratorio está asumiendo también en Italia, como ya ha ocurrido en otros países ‎europeos, una dimensión profundamente estructural. Esta mayor estabilidad resulta evidente a ‎juzgar por el aumento contínuo de las presencias, del avanzado proceso de recomposición de los ‎núcleos familiares, del notable número de menores hijos de inmigrados (en prevalencia nacidos en ‎Italia) y de la creciente inserción de la mano de obra inmigrada en el mundo del trabajo.‎
Al millón y medio de inmigrantes residentes al inicio del 2000 se unen anualmente más de 100.000 ‎nuevas personas. Por lo tanto se ponen exigencias diferenciadas según cual de estas dos categorías ‎de destinatarios consideremos.‎
Para los recién llegados tiene que ser más fácil el acceso a los servicios públicos, remodelados de ‎manera que puedan responder también a las exigencias de estos nuevos usuarios. Resta el hecho que ‎el usuario inmigrante se encuentra en una situación de necesidad más acentuada y de mayor ‎inseguridad por el escaso conocimiento de los mecanismos de la nueva sociedad. Esto exige, por un ‎lado, un fuerte empeño de simplificación administrativa y, por otro, la puesta a disposición de una ‎figura facilitadora, que se ocupe de decodificar y reconciliar los códigos de la sociedad de acogida y ‎de la sociedad de origen, y si hace falta se haga cargo de traducir, interpretar y también rellenar los ‎varios módulos, evitando cualquier posible malentendido, las grandes esperas y en casos extremos ‎la pérdida de los derechos. Ésta es una función conocida en muchos países de inmigración, en los ‎que se habla de interpretariado de contacto y de conversación o de interpretariado social, ‎comunitario y cultural, acentuando así la valencia técnico-profesional en el primer caso y aquella ‎socio-cultural en el segundo.‎
Los inmigrantes residentes desde hace tiempo, y especialmente aquellos nacidos en Italia, sin ‎renunciar al apego a su cultura de origen, son tenidos a adquirir una cierta flexibilidad que les ‎consienta inserirse en manera profunda en el nuevo contexto, contribuyendo así a la construcción de ‎una síntesi social más rica que vea también a los italianos implicados en un proceso de ‎cambiamento. En este nivel es indispensable la mediación cultural que, a diferencia del ‎interpretariado social, no se ocupa directamente de facilitar el acceso de cada inmigrante a los ‎servicios sino de actuar en ámbito social y se hace cargo de favorecer una especie de transición ‎cultural que empeña italianos e inmigrantes y consiente encuadrar en una manera no conflictiva las ‎nuevas características culturales, favorecer los recorridos de mutuo intercambio y promover, ya sea ‎entre los italianos que entre los inmigrantes, acciones de sensibilización y educación a las ‎perspectivas interculturales.‎
Los dos tipos de interventos son, aunque a diferentes niveles, un derivado del empeño necesario en ‎una sociedad multilingüística, multiétnica y multicultural que evidencia la necesidad de difundir en ‎todo el territorio una política orgánica de integración a favor de esta categoría de “nuevos ‎ciudadanos”, que se han convertido en parte estable de la población residente.‎
El presente documento, partiendo de este cuadro general, se concentra primero sobre la necesidad ‎de una simplificación administrativa dirigida a facilitar la realización de los actos burocráticos a ‎cargo de los inmigrantes para después entrar en el mérito de la mediación cultural y de los ‎mediatores culturales en el contexto normativo delineado tras la ley 40/1998.‎
La finalidad del documento es reproponer algunos estímulos deducidos de las experiencias ‎realizadas en varias partes de Italia y de individuar los aspectos sobre los que sería oportuno ‎intervenir a varios niveles con ulteriores decisiones, ya sea al centro que al sur del territorio.‎

 

 

 

1. LA SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA



a) Objetivos que hay que alcanzar
En línea con el Texto Único sobre la inmigración, que tiende a reforzar el status jurídico del ‎inmigrado regularmente residente, es oportuno reflexionar sobre la introducción de una serie de ‎medidas de carácter administrativo dirigidas a coordinar en manera más funcional las oficinas, a ‎simplificar los procedimientos y a reducir la duplicación de documentos. La maquinosidad y la ‎rigidez de los procedimientos son a menudo causa de incerteza y de retorno a la ilegalidad. Por lo ‎tanto es auspicable un coordinamiento de las administraciones para:‎

‎- la simplificación de los procedimientos en materia de renuevo del permiso de residencia, petición ‎de la carta de residencia, reagrupación familiar y reconocimiento de los títulos de estudio;‎

‎- la coordinación de los trámites para el permiso de residencia, la inscipción al anágrafe, la ‎inscripción al Inps y al Servicio sanitario nacional;‎ ‎- la reducción de la duplicación de los documentos relativos a la petición del visado, el permiso de ‎residencia, la prestación de garatía, la oferta de trabajo, y esto sea a beneficio de los ciudadanos ‎extranjeros que de los italianos implicados en estos trámites.‎ Los recursos organizativos y las nuevas tecnologías renden concretamente posible la simplificación ‎de estos trámites administrativos a los que un inmigrado está sujeto en relacción a su estancia en ‎Italia. Va recordado a propósito que han dado un buen éxito, y por tanto andrían extendidas, las ‎experiencias de simplificación del tipo de la ventanilla única que han reunido diversas ‎administraciones sectorialmente competentes para las prácticas de los inmigrados.‎ Va añadido que la simplificación administrativa es una exigencia no limitada a las prácticas que ‎reguardan la estancia de los inmigrados, sería también necesaria en otros ámbitos de gran ‎importancia para la vida familiar (guarderías, casas populares) y lavoral (concesión de licencias y ‎entrega de otros documentos).‎

b) colaboración del mundo social
Pra sostener este empeño, que es propio de la pública administración, van valorizadas las varias ‎expresiones del mundo social (sindacatos, patronatos, voluntariado, asociaciones ya sea de italianos ‎que de inmigrados) entre las que se pueden encontrar personas en grado de operar sobre el territorio ‎en régimen de convención con las oficinas públicas.‎
Igualmente de este mundo social va aceptada y valorizada la capacidad de favorecer una lectura ‎más atenta de las necesidades de los inmigrados, de hacerse cargo de un análisis crítico de la ‎situación esistente, de concurrir a la creación de instrumentos de control de la funcionalidad ‎administrativa y de gestir las instancias de precontencioso y de recurso cuando las decisiones de los ‎órganos no responden a los requisitos de tutela establecidos por la ley. Esta estrategia de esfuerzos ‎convergentes entre el sector público y fuerzas sociales puede favorecer, sea a italianos que a ‎inmigrados, el protagonismo de estas figuras de tutela.‎
En particular las asociaciones de los inmigrados, en el ámbito de esta estrategia, no sólo son ‎llamadas a meter a disposición mediadores lingüísticos e intérpretes, además pueden ser valorizadas ‎por la red que componen sobre el territorio en materia de información, de asistencia y de ‎acompañamiento a las oficinas públicas, por lo tanto se merecen a pleno título ser implicadas en los ‎comitados territoriales, en las consultas o en estructuras análogas.‎
Las asociaciones de inmigrados son organismos con una gran capacidad de presa, cuya valorización ‎debe retenerse necesaria en un contexto inmigratorio como el italiano que es extremamente ‎diversificado por el relevante número de grupos nacionales de inmigrantes (policentrismo ‎migratorio). Va recordado que la participación de los inmigrados en el asociacionismo es variegado ‎y ofrece múltiples posibilidades de gran interés: junto a las asociaciones italianas que utilizan ‎operadores inmigrados, hay asociaciones con carácter étnico o interétnico, así como asociaciones ‎mixtas a las que adhieren miembros italianos e inmigrados.‎
El objetivo de una simplificación administrativa debe llevar a interrogarse sobre la posibilidad de ‎implicar en cualquier medida también a las embajadas y los consulados de los países de origen para ‎algunos trámites.‎
Sin duda es una condición indispensable para el buen éxito de esta estrategia el desarrollo de una ‎acción formativa de dimensión intercultural a beneficio de los funcionarios de las oficinas públicas, ‎que haga alcanzar un mayor conocimiento de la puesta en juego intercultural que verifica también al ‎nivel administrativo.‎

 

2. ‎INTEGRACION DE LOS INMIGRADOS Y MEDIACION CULTURALE


 
a) E modelo de integración
El modelo de integración acogido por la ley 40/1998, afirma por un lado la universalidad de los ‎derechos y reconoce por otro como valor las diversidades de las culturas de proveniencia con tal ‎que no contrasten con los valores fundamentales de la sociedad italiana, que también los inmigrados ‎deben condividir, así como los italianos deben respetar sus específicas características culturales. ‎Funcional a este modelo es la esperimentaciòn de nuevas formas de relacciones y comportamientos ‎que favorezcan la inclusiòn de los inmigrados y un intercambio con sus culturas.‎ Para que el modelo de integraciòn elegido por el legislador pueda realizarse concretamente, es ‎necesario, a nivel de mentalidad de los operadores y de las decisiones operativas en las sedes ‎decisionales, una flexibilidad abierta a la reciprocidad de manera que las diversas identidades ‎culturales, sin que sean amenazadas o rechadadas, confluiscan en un terreno que, si bien unitario ‎respecto a las reglas fundamentales de convivencia, resta caracterizado por la presencia de personas ‎de múltiples proveniencias y, por consecuncia, por un dinamismo impreso sobre un confronto ‎dialéctico y sobre la valorizaciòn recíproca (lengua, espresiones literarias, valores, tradiciones, ‎sistemas sociales y jurídicos).‎ Es la mediaciòn cultural la que facilita la disponibilidad al encuentro y al intercambio entre quien ‎‎“hospeda” y quien es “huésped” para alcanzar objetivos comunes de desarrollo capaces de ‎enriquecer la entera sociedad.‎
 



b) La mediaciòn cultural.‎
La mediaciòn cultural, considerada como un verdadero puente entre las dos partes, sirve para ‎facilitas el proceso de integraciòn de los inmigrados y de cambiamento de la sociedad italiana que ‎los acoge en un común empeño de recíproco adaptamiento.‎
La utilizaciòn de mediadores culturales inmigrados en las oficinas públicas contribuye a eliminar ‎los obstáculos que impiden o molestan la comunicaciòn con los usuarios inmigrados, sobre todo con ‎los que se han inserido recientemente, previniendo las situaciones conflictivas y favoreciendo el ‎conseguimiento de sus derechos.‎
Pero la funciòn de la mediaciòn cultural no se extingue con el facilitar las prácticas administrativas ‎a los nuevos llegados, lo que podría cualificarla como emergencial. La mediaciòn cultural consiste ‎en una acciòn de conjunto que favorece la integraciòn cultural de los inmigrados residentes en Italia ‎y su aceptaciòn por parte de los italianos a un nivel de igual dignidad. Junto a la dimensiòn personal ‎de la mediaciòn está entonces aquella colectiva, que incluya grupos y asociaciones y facilita una ‎vera y propia integraciòn social.‎
La mediaciòn, así considerada, es el alma de la política migratoria y de la misma integraciòn ‎porque, colocándose al final de aquellas decisiones que tienen una naturaleza prevalentemente ‎instrumental (determinaciòn de los flujos migratorios, normativa sobre la residencia, ‎funcionamiento de la administraciòn pública) lleva a preguntarse sobre el significado de la ‎convivencia de personas de culturas diferentes y a individuar y a rendir operantes las posibilidades ‎de una cadena funcional y enriquecedora. Es en este nivel que se la juega el éxito de la política ‎migratoria, o sea, mostrando concretamente que las diversidades pueden ser coordinadas en un ‎diseño unitario condiviso por la poblaciòn local y por los nuevos llegados.‎


 
c) El mediador cultural‎.
La ley 40/1998 introduce por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la figura del mediador ‎cultural, acogiendo así una esperimentaciòn iniciada durante los años ’90.‎
El mediador cultural es un operador, dotado de una específica preparaciòn, que en el proceso de ‎integraciòn que se desarrolla a nivel territorial se introduce en el territorio como figura “puente” e ‎interactiva entre los inmigrantes, por un lado, y los servicios públicos y la sociedad por otro, para ‎interpretar las exigencias en campo y favorecer el acuerdo.‎
El reconocimiento profesional del mediador cultural implica su institucionalizaciòn que, si bien ‎según criterios de flexibilidad, requiere una adecuada puesta a punto.‎
Para que la funciòn de esta figura no venga simplificadamente equiparado a un “operador comodín ‎‎“son necesarias varias precisaciones relativas a las funciones que tiene que desarrollar, a los ‎sectores en los que tiene que intervenir, a la tipología de las salidas lavorales, a las características ‎profesionales, a los esquemas formativos que hay satisfacer, a la valutaciòn de la esperiencia de ‎quien desde hace tiempo opera en el sector y a la verificaciòn de la eficacia del colegamiento con el ‎grupo y el país de origen como también con la sociedad italiana.‎
Propio porque la formalizaciòn de la ley ha llegado después de una esperiencia en el campo, se tiene ‎que hacer fuerza sobre lo que ha emergido de tales esperiencias colocando los varios aspectos en ‎una visiòn de conjunto.‎
Por ejemplo, por lo que reguarda la formaciòn, mucho ha sido dicho sobe el nivel de conocimientos ‎necesarios para poder ejercitar una funciòn “puente” en confronto de las estructuras administrativas ‎y de otros sectores de la sociedad. Igualmente, por lo que reguarda la preparaciòn a la funciòn de ‎acompañamiento de los inmigrantes, es bastante amplia la base de convergencia sobre los requisitos ‎relativos a las capacidades psico-pedagògicas, a las técnicas de interpretariado y a la seriedad ‎profesional del mediador, relevables también de las actividades desarrolladas antes de la entrada en ‎vigor de la ley 40/1998. andando más allá de estas adquisiciones, se trata ahora de individuar los ‎sistemas formativos típicos, junto a las horas de formaciòn necesarias, y de entrar también en le ‎mérito de la formaciòn específica necesaria para poder operar en los diversos sectores. Ha sido ‎sotolineada la importancia de los tirocinios en las estructuras públicas y del privado social y de las ‎prospectivas de formaciòn permanente de los mediadores.‎
Funcionales a estas prospectivas formativas son los criterios de individuaciòn de los entes que ‎pueden ser habilitados a hacerse cargo de la formaciòn de los mediadores y la decisiòn de los ‎sectores a los que van destinados con prioridad los mediadores culturales.‎
En un contexto más orgánico también las relacciones de trabajo de los mediadores van ‎perfeccionadas y consolidadas. Hasta ahora se ha recurrido a relacciones de cooperaciòn, de ‎prestaciòn profesional, de contratos de colaboraciòn coordinada y continuativa, de trabajo ‎dependiente privado y de trabajo socialmente útile: estas esperiencias otorgan obviamente un ‎suporte útil a las decisiones que hay que adoptar. ‎

 

 

3. EL PROTAGONISMO DE LAS ASOCIACIONES

Un discurso sobre la mediaciòn y sobre los mediatores culturales comporta también la ‎individuaciòn de los criterios en base a los que las asociaciones (de italianos, de inmigrados o ‎mixtas) pueden estipular convenciones con las estructuras públicas para meter a disposiciòn los ‎propios mediatores culturales y para conducir programas de mediaciòn cultural.‎ Esta inclusiòn es necesaria para que la mediaciòn no caiga en el riesgo de ser burocratizada y propio ‎por este motivo las asociaciones de inmigrados y las organizaciones que operan en su favor han ‎obtenido del legislador un significativo reconocimiento (Texto Único, art. 42): mencionando estas ‎expresiones asociativas el legislador parece que ha querido evitar la etnizaciòn de este importante ‎còmpito.‎ Las funciones reconocidas a las asociaciones, desarrolladas con el sosteño de las estructuras ‎públicas, son múltiples: realizaciòn de cursos de la lengua y cultura de origen; difusiòn de ‎informaciones relativas a las oportunidades de integraciòn; valorizaciòn de las expresiones ‎culturales, recreativas, sociales, econòmicas y religiosas de los inmigrados.

Las asociaciones ‎concurren, además, en el realizar el inserimiento escolástico de los hijos de los inmigrados (art. ‎‎38,4).‎ Estas asociaciones, a condiciòn de ser inscritas al apòsito registro, están habilitadas para firmar ‎convenciones con el Estado, las regiones, las provincias y los ayuntamientos para el empleo de ‎mediadores interculturales al fin de facilitar las relacciones entre cada administraciòn y los ‎extranjeros que pertenecen a diversos grupos étnicos, nacionales, lingüísticos y religiosos.‎ Además, para prevenir comportamientos discriminatorios, xenòfobos y razistas, las asociaciones, ‎son tenidas a promover cursos de formaciòn para la convivencia en una sociedad intercultural a ‎beneficio de los operadores públicos y privados que tengan relacciones habituales con los ‎inmigrados o se ocupen de inmigraciòn.‎ Se trate de pistas muy concretas que hay que seguir en la programaciòn de los interventos, que ‎consienten reforzar la funciòn del asociacionismo y utilizar su contribuciòn‎

 

4. CONCLUSIONI OPERATIVE

La convergencia operativa del mundo social con las estructuras públicas al fin de rendir más fácil la ‎integraciòn de los inmigrados y más incisiva la mediaciòn cultural puede considerarse como una ‎conquista de hecho, de alcanzar a través de la difusiòn de las buenas prácticas en los varios niveles ‎decisionales y el confronto y el debate en las sedes institucionales de confronto.‎

Las regiones, a las que pertenece la competencia en materia de formaciòn profesional, son tenidas a ‎reflexionar sobre esperiencias conducidas anteriormente para llegar a criterios uniformes por lo que ‎reguarda la atribuciòn de la cualificaciòn de mediador cultural, superando con esta direcciòn ‎uniforme los obstáculos que actualmente se presentan cuando los mediadores se trasladan a otra ‎Regiòn diversa de la que les ha otorgado el diploma.

Por lo tanto las impostaciones de carácter más ‎general deberían ser debatidas en seno al coordinamiento de las Regiones en materia de inmigraciòn ‎y a la Conferencia Estado-Regiones.‎ A su vez los Ayuntamientos y Provincias, siendo los entes locales que gestionan concretamente ‎los procesos de integraciòn y que se hacen cargo de la utilizaciòn de los mediatores culturales, ‎pueden fornir una importante contribuciòn para dar concreteza y espesor a los otros aspectos ‎operativos antes mencionados. Es indispensable que la simplificaciòn administrativa y la mediaciòn ‎cultural se conviertan en materias de debate y de confronto en los Comotatos territoriales de la ‎inmigraciòn y que en estos sea amplia la participaciòn del mundo social.‎ La Consulta de la inmigraciòn en el Departamento de Asuntos Sociales y el Organismo de ‎coordinaciòn en el CNEL pueden ofrecer su suporte para favorecer un debate unificante sobre ‎estas temáticas, para alcanzar este objetivo puede ser útil la utilizaciòn incentivantede una cuota del ‎Fondo nacional para las políticas sociales.‎

Son múltiples y siempre de mayor evidencia los motivos estructurales que dejan entrever el ‎radicamiento de la inmigraciòn en Italia. La simplificaciòn de los trámites, por una parte, y la ‎mediaciòn cultural, por otra, pueden facilitar y rendir menos problemático este inserimiento con ‎recíproca satisfacciòn: por esto empeñarse en este plano significa preparar con tiempo la sociedad ‎del futuro.‎ ‎(enero 2001) ‎